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Aparejo Reformas integrales · Madrid

Artículo
2026-05

Licencia de obra en Madrid: cuándo basta la declaración responsable

Publicado el · Actualizado el · 7 min de lectura · Por Marta Ibáñez, arquitecta (COAM 18.472)

En Madrid hay dos caminos para legalizar una reforma de vivienda. Elegir el equivocado no solo retrasa la obra: puede pararla con la demolición ya hecha.

Los dos caminos

Comparación de los dos regímenes en el Ayuntamiento de Madrid
Declaración responsable Licencia de obra
CuándoObra interior que no toca estructura, fachada, cubierta, elementos comunes ni el uso del inmueble Estructura, fachada, cubierta, cambio de uso, aumento de superficie o edificio protegido
Cuándo puedes empezarAl presentarla, si está completa Al obtener la resolución
Plazo habitualInmediato4 a 12 semanas
DocumentaciónFormulario, memoria, presupuesto y, según alcance, documentación técnica Proyecto técnico visado, dirección de obra y estudio de gestión de residuos
Coste orientativoTasa municipal + ICIO sobre presupuesto Tasa + ICIO + honorarios de proyecto y dirección

Los importes de tasa e ICIO se calculan sobre el presupuesto de ejecución material y cambian cada año en la ordenanza fiscal. Confirma siempre las cifras vigentes en la sede electrónica del Ayuntamiento antes de firmar nada.

Las cuatro preguntas que deciden el camino

  1. ¿Vas a abrir hueco en un muro de carga? Si sí, licencia con proyecto visado y cálculo estructural. No hay atajo.
  2. ¿Cambias algo que se ve desde la calle o desde el patio? Ventanas con otra carpintería, cerramiento de terraza, rejas: eso es fachada, y en muchos edificios está regulado además por la comunidad y por el nivel de protección.
  3. ¿El inmueble tiene protección? Gran parte del centro de Madrid está en catálogo. Comprueba el nivel antes de comprar, no después.
  4. ¿Cambia el uso? Local a vivienda es el caso más frecuente y el más largo: hay que acreditar superficies, ventilación e iluminación mínimas de habitabilidad.

Tres errores que paran obras

  • Declarar «pintura y suelos» y tirar tabiques. Si la inspección aparece, se paraliza la obra y se abre expediente. Y la inspección aparece cuando el vecino llama.
  • Olvidar la comunidad. La autorización municipal no sustituye al acuerdo con la comunidad de propietarios cuando afectas a elementos comunes: bajantes, patios, fachada.
  • No tramitar la ocupación de vía pública. El contenedor de escombro sin autorización es multa y retirada, con la obra a medias.

Qué hacemos nosotros

En la primera visita determinamos el régimen aplicable y lo dejamos por escrito en el anteproyecto. Redactamos la documentación, la presentamos, hablamos con el administrador de la finca y tramitamos la ocupación de vía pública si hace falta. Está incluido en el presupuesto: las tasas municipales y el ICIO se repercuten a coste, con el justificante.

Si necesitas una lectura previa antes de comprar una vivienda o un local, escríbenos con la dirección y la referencia catastral.

Siguiente paso

Cuéntanos qué quieres reformar

Visitamos la vivienda, medimos y te entregamos un presupuesto cerrado por partidas en 7 días. La visita y la valoración no cuestan nada y no comprometen a nada.